Páginas

14 de noviembre de 2016

LA DEDUCCION POR INVERSION EN CANARIAS


Buenos días a todos, el viernes pasado, asistimos a una charla sobre la Deducción por Inversiones en Canarias, impartida por D. Salvador Miranda Calderín.
Como muchos sabrán la Deducción por Inversiones en Canarias (DIC), es una de las deducciones más potentes junto con la RIC que quedan en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta. Deducciones a las que sólo pueden acogerse aquellas empresas que sean Canarias o tengan establecimientos permanentes en Canarias.
Aprovechando esta charla, nos gustaría explicar un poco en que consiste.

La DIC, como su nombre indica nos permite deducirnos un porcentaje de aquellos activos fijos materiales afectos a la actividad que adquiramos, excluyendo los terrenos.
En la actualidad, nos podemos deducir un 25% de la inversión realizada, la cual se podrá aplicar en el mismo ejercicio en la que tengamos a disposición el activo o en el caso de no ser posible por falta de cuota en los 15 años sucesivos.
Vamos a ver los requisitos que se nos exigen para poder acogernos a la DIC:
  • ·         Deben ser activos fijos materiales afectos a una actividad económica.
  • ·         Están excluidos los terrenos.
  • ·         Se puede aplicar sobre inversiones realizadas mediante leasing, excluyendo las edificaciones.
  • ·         Se pueden aplicar sobre elementos usados, siempre que estos supongan una evidente mejora tecnológica y no hayan disfrutado anteriormente de la DIC la RIC o las deducciones por inversión en activos fijos. En este caso, sólo se puede aplicar en adquisición de maquinaria, instalaciones, utillajes, equipos informativos y en vehículos no susceptibles de uso particular.
  • ·         Se han de contabilizar los activos como inmovilizados.
  • ·         Permanencia en funcionamiento cinco años o durante su vida útil si es inferior.
  • ·         La base de la deducción es el importe del bien descontando los intereses y los impuestos con el límite del valor de mercado.
  • ·         Sólo pueden aplicar esta deducción sociedades o empresarios individuales con domicilio o establecimiento permanente en Canarias.
  • ·         Se pueden destinar los activos al arrendamiento, siempre que no exista vinculación entre las partes.
Una vez vistos los requisitos, vamos a ver mejor las ventajas de esta deducción:
  • ·     Deducción de un 25% del valor del activo, como hemos visto antes, quitando el importe de los impuestos y los intereses.
  • ·         Se podrá aplicar con un límite del 50 % de la cuota líquida.
  • ·         El exceso sobre el límite se podrá aplicar durante los 15 años siguientes.
  • ·         Se podrán aplicar deducciones de años anteriores con un límite conjunto del 70% en el caso de sólo ser un año anterior el límite queda en el 50% de la cuota líquida.
  • ·         Los límites del año y de los años anteriores, es decir el del 50% y el del 70% son independientes. Por lo que se podrán aplicar ambos en el mismo ejercicio hasta hacer cero la cuota líquida.
  • ·         Desde el 2015, esta deducción también está sujeta al control de ayudas del Estado, es decir el famoso modelo 282, por lo que habrá que tener en cuenta los límites de estas ayudas del Estado.
En definitiva, estamos hablando de una deducción que teniendo en cuenta los requisitos y sus límites, sobre todo el del control de ayudas del Estado, puede ser un instrumento fiscal muy importante a la hora de rebajar la factura fiscal de las empresas.
Como siempre, recomendamos que antes de aplicar este tipo de deducciones o incentivos fiscales se consulte con un experto en la materia y nos ponemos a su disposición en  Ucanca Asesores

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Bienvenidos a los Comentarios de Conoce Tus Impuestos, si quieres hacer alguna consulta no lo dudes, respondemos lo antes posible.
No olvides dejar un nombre o apodo para poder dirigirnos a ti y si tienes blog, no dudes en dejar un enlace.
Desde la nueva actualizacion de blogger los post con mas de 200 comentarios tienen problemas para cargar todos, por lo que si quieres ver más tienes que pinchar en el enlace que pone cargar más sobre estas lineas.

Compartelo