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31 de agosto de 2009

Modelo 05: Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte

El otro día comentamos en un artículo el Modelo 04: IVA, Solicitud De Reduccion Al 4% A Vehículos Destinados A Personas Con Minusvalías, y claro mirando los modelos relacionados me encontré con el Modelo 05.

Este modelo, que para muchos ciudadanos de a pie, es desconocido. Es sin embargo muy utilizado por los taxistas, las empresas de alquiler de vehículos y las autoescuelas.

Sin embargo este modelo esconde una ventaja para aquellos que tengan familia numerosa y es la posibilidad de acogerse a la reducción del 50% de este impuesto. Siempre y cuando que se cumplan las condiciones que pide el modelo y sea para la adquisición de un vehiculo de entre 5 y 9 plazas incluida la del conductor.
Vamos a ver como lo debemos preparar para estos casos:

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24 de agosto de 2009

LABORAL: VACACIONES

El derecho a unas vacaciones periódicas retribuidas es un derecho constitucionalmente reconocido a los trabajadores. En el mismo sentido, la ley reconoce a los trabajadores por cuenta ajena, derecho a un período de vacaciones anual, con cargo al empresario.

El Tribunal Constitucional ha declarado que no cabe despedir a una trabajador alegando transgresión de la buena fe contractual por la realización de un trabajo durante el tiempo de sus vacaciones.

Finalmente, la jurisprudencia se ha apoyado en el OIT Conv. 132 para interpretar determinados aspectos, como la proporcionalidad del período de vacaciones cuando el tiempo de servicios sea inferior al año; la determinación del trabajo efectivo a efectos de su disfrute, o la exigencia de un período mínimo de servicios para tener derecho a las vacaciones.


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El SCE pagará el transporte a los parados que encuentren empleo lejos de casa

El Servicio Canario de Empleo (SCE) anunció que pagará a los parados que encuentren empleo a más de 20 kilómetros de su casa el transporte público en guagua para acceder a su puesto durante un año, siempre que cobren menos de 1.500 euros mensuales brutos si trabajan a jornada completa.

Esta medida, denominada "cheque-transporte", se desarrolló como experiencia piloto el año pasado y el Gobierno regional ha anunciado que firmará acuerdos con las principales empresas de transporte colectivo interurbano para que se sumen a la misma.

El objetivo del "cheque-transporte" es fomentar la movilidad de los trabajadores y mejorar la empleabilidad, indicó el SCE en un comunicado.


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Prevencion Gripe A

Debido a la tan mencionada "Gripe A", vamos a publicar una información recibida por parte del ministerio.
GRIPE PORCINA
PREGUNTAS Y RESPUESTAS:

PREGUNTA

1.-¿Cuanto tiempo dura vivo el virus porcino en una manija o superficie lisa?
RESPUESTA
Hasta 10 horas.

PREGUNTA
2.-¿Que tan útil es el alcohol para limpiarse las manos?
RESPUESTA
Vuelve inactivo al virus y lo mata.

PREGUNTA
3.-¿Cual es el medio de contagio más eficiente de este virus?
RESPUESTA
La vía aérea no es la mas efectiva para transmisión del virus, el factor más importante para que se fije el virus es la humedad, (mucosa de la nariz, boca y ojos) el virus no vuela y no alcanza mas de un metro en distancia.

PREGUNTA
4.-¿Es fácil contagiarse en los aviones?
RESPUESTA
No, es un medio poco propicio para contagiarse.

19 de agosto de 2009

REAL DECRETO 1300/2009, de 31 de Julio, de medidas urgentes de empleo destinadas a los trabajadores autónomos y a las cooperativas y sociedades labora

El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha publicado hoy (19/08/2009) el Real Decreto de medidas urgentes destinados a los trabajadores autónomos.

En primer lugar, como medida urgente destinada a impulsar el empleo para los trabajadores autónomos y cooperativas y sociedades laborales se mejoran ciertas condiciones de acceso y de abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único durante el período de vigencia del real decreto.

Estas medidas de mejora de las condiciones de acceso y de abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único tendrán un carácter temporal hasta el 31 de Diciembre de 2010, sin perjuicio de que el gobierno pueda prorrogar la medida, en función de la evaluación en términos de eficacia en la creación de empleo y teniendo en cuenta el criterio de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, de las asociaciones de autónomos y las organizaciones de la economía social.

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EL GOBIERNO CANARIO PONE EN MARCHA EL CHEQUE-GUARDERIA

El Servicio Canario de Empleo ha publicado el 17 de Agosto de 2009 en el Boletín Oficial de Canarias (BOC Nº 59) las bases y las convocatorias correpondientes al ejercicio 2009 para solicitar el cheque-guardería.

La convocatoria del cheque-guardería de este año se amplía a los padres desempleados si son éstos los que están al cuidado de los hijos y encuentren un empleo, dándoles la posibilidad de solicitar la ayuda para cubrir los gastos de la guardería, hasta un máximo de 150 euros mensuales durante doce meses. otra de las novedades que presenta la convocatoria para 2009 es la reducción del tiempo mínimo que debe estar el solicitante inscrito como demandante de empleo, que pasa de seis meses a uno. Asimismo, se reduce de seis a tres meses el período mínimo que la persona debe estar contratada para poder acceder al cheque-guardería.

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Modelo 04: IVA, Solicitud De Reduccion Al 4% A Vehiculos Destinados A Personas Con Minusvalias

Buenos días a todos, una vez reincorporado al puesto de trabajo, las vacaciones se nos hacen cortas y ya estamos pensando en los próximos días de descanso.

Para “celebrar” la vuelta al curro, me gustaría explicar un modelo que aunque en Canarias no se use, ya que es relativo al IVA, si que ha sido una pregunta que algunos clientes de península y particulares nos han realizado.

Vamos a tratar sobre el Modelo 04 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de aplicación del tipo del 4% a vehículos destinados a transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida.

Como su nombre indica es un modelo relacionado con el IVA y que servirá para una reducción en el tipo de IVA hasta el 4% en la compra de vehículos destinados al transporte de personas con minusvalía física y que afecte a su movilidad.

Por lo tanto vamos a ver los puntos clave de este modelo:

12 de agosto de 2009

Los trabajadores no perderán sus vacaciones si se dan de baja durante ellas

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días de sus vacaciones sin que se les descuente ninguno si durante el período de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.

Así se establece en una sentencia del Supremo a raíz de un recurso presentado por el sindicato UGT de Madrid, que reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se "solape en el tiempo" con el período reglamentario de descanso. 

En este caso, y según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo de baja por enfermedad, una vez haya recuperado la salud, y el empresario estará obligado a concederle los días libres que le queden.

El Supremo basa su fallo en que "el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo, de forma que no cabe entender que un trabajador en situación de IT (incapacidad temporal) pueda disfrutar adecuadamente de las finalidades atribuidas a las vacaciones".

Noticia publicada en ABC

11 de agosto de 2009

Hacienda: El Gobierno controlara a quienes soliciten billetes de 500€

Buenos días a todos, como se nota que es agosto, y que en estas fechas la mayoría de los funcionarios de Hacienda, tienen mucho calor y/o están de vacaciones.

La verdad es que con este tiempo que estamos pasando por Canarias el estar delante de un ordenador no es la mejor idea que se me ocurre y por eso la proliferación de artículos se ha visto reducida, además al estar de vacaciones uno intenta desconectar un poco de este mundillo.

La noticia que vamos a comentar, se podría titular como el famoso libro del escritor Gabriel García Márquez "Crónica de una muerte anunciada". Y es que, el hecho de que a "nuestra amiga" Hacienda se le de ahora por controlar a quienes solicitan billetes de 500 €, para lo cual, ha presentado un proyecto de real decreto, para obligar a las entidades financieras a informar sobre los solicitantes de cantidades de efectivo superiores a 3.000 €.

Para seguir leyendo pasa nuestra web:

Promo001 ¡Unete!

Leyendo el correo donde recibimos las consultas, me aparecio uno en el que me indicaban de un nuevo meme, para los que no sepan lo que es, un meme es una especie de cadena de enlaces, en las cuales se promocionan los blogs que se han inscrito. El objetivo de los mismos es claro, intentar conseguir un buen posicionamiento y darse a conocer, usando tanto ese mejor posicionamiento, como el hecho de que por curiosidad solemos pinchar en los enlaces de los blogs que pertenecen al meme.

En Conoce Tus Impuestos nos hemos decidido a participar en este, tal y como ya hicimos una vez en el Gomeme9.0 y que nos dio muy buenos resultados.

Les dejo aquí la explicación de este meme, tal y como la da su creador en el blog de origen:


Promo001 ¡Únete!11-08-2009 | 08:59:59 |

/*—– Copiar a partir de aquí:
Promo001 es una iniciativa para todos los bloggers que deseen promocionar su blog. Con este meme se pretende mejorar la indexabilidad, y el page rank de nuestros blogs en Google. Para participar lo único que tienes que hacer es añadir tu blog a la lista y escribir una entrada en tu blog acerca del Promo001 copiando toda esta entrada y los blogs que van en la lista. Recuerda dejar un comentario en la entrada oficial para que actualice la lista general y así redifundir todos los blogs mejor.
Lista de vínculos:
  1. El increíble Packman
  2. Plantillas Wordpress
  3. Plantillas Joomla
  4. Conoce Tus Impuestos  
  5. Sauzalito’s Men
  6. Todo Sobre el Futbol Actual
  7. Te Propongo…
  8. FolkTango
  9. Resurgiendo
  10. Ayuda Joomla
  11. Territorio Apple
  12. Ando a la deriva y perdido en el espacio
  13. (¡Tu vínculo va aquí! Pero primeramente, por favor copia esta línea y muévela un espacio hacia abajo para que sea usada por el próximo Blogger)
/*—- NO copiar a partir de aquí.

3 de agosto de 2009

Modelo 159: Declaración Anual de Consumo de Energia Electrica

Buenos días a todos, hace ya tiempo que acabo la campaña de la Renta 2008, pero nuestra amiga Hacienda no descansa en su lucha contra el fraude. Si eso que dicen muchos "Hacienda somos todos menos yo".

Pues bien, en los últimos seminarios a los que hemos asistido, se venía advirtiendo de una serie de medidas que Hacienda iba a implantar para intentar disminuir el fraude en la declaración de la renta.

Como la mayoría de los asesores sabemos y muchos de nuestros clientes conocen, los alquileres encubiertos, son la forma de fraude más común hoy en día en las declaraciones del IRPF, sobre todo debido a lo difícil que le resulta a la Agencia Tributaria descubrir los alquileres en negro.

Tenemos que pensar que Hacienda siempre se basa en el cruce de datos para descubrir este tipo de fraudes, en el tema de los alquileres, el hecho de que el propietario y el inquilino no declaren el alquiler, hace muy complicado su detección.

Si miramos en la última declaracion de la Renta 2008, los datos a partir de los cuales Hacienda podía descubrir un alquiler en negro, son las referencias catastrales y las deducciones por alquileres.

Basándonos en estos datos, la oportunidad de descubrir estos alquileres es muy limitada, por varios motivos:

1- No es la primera vez que vemos en la asesoría a muchos inquilinos que consultan con sus caseros si van a declarar el alquiler o no, para ellos aplicar la deducción.

2- La referencia catastral es un dato que en muchas ocasiones los propietarios no facilitan a los inquilinos, y a pesar de que en muchas ocasiones se puede averiguar con la simple dirección mediante la web del catastro, no se ponen para evitar problemas con los caseros.

3- La deducción por alquiler, no en todos los casos es aplicable, por los límites que la propia Hacienda a puesto para su aplicación. Y por lo tanto no se declara el DNI del propietario.

Sin embargo, Hacienda ya ha tomado medidas para intentar sacar a la luz, todos esos ingresos en negro derivados de los alquileres, la primera y principal, se publico en el BOE del 29/07/09.


Mediante la Orden EHA/2041/2009, se ha publicado la aparición del Modelo 159 "Declaración Anual de Consumo de Energía Eléctrica", que entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

El Modelo 159 es un modelo informativo, similar al modelo 347 que todos conocemos, así que vamos a ver de que se trata y a explicarlo un poco:

¿Quién esta obligado a presentar el modelo 159?

El Modelo 159 "Declaración Anual de Consumo de Energía Eléctrica", como su nombre indica, es un modelo informativo sobre consumos eléctricos, por lo que los obligados a presentarlo serán las compañías comercializadoras de energía eléctrica.

¿Qué datos se incluirán el modelo 159?

Los siguientes datos que se deben declarar en el modelo 159, son siempre referidos a los clientes de las compañías comercializadoras de energía eléctrica, que tengan contratos de suministro.

1- Nombre y apellidos o razón social.

2- CIF, NIF o NIE

3- Referencia Catastral y localización del inmueble.

4- Potencia contratada y consumo anual en KW.

5- Ubicación del punto de suministro.

6- Fecha de alta del suministro.

Plazo de presentación del modelo 159

El modelo 159 se presentara durante el mes de febrero del año posterior al de los datos que hace referencia, es decir, el primer modelo 159 se presentará en febrero del 2011, con datos referentes al 2010.

En definitiva, a partir del 2010 Hacienda sabrá cual es el consumo de energía de cada inmueble que disponga de electricidad, por lo que se complicará la ocultación de los alquileres, alegando que los inmuebles son segundas viviendas a disposición del propietario.

Para los que aún piensen que esta información de la que dispondrá "nuestra amiga" no le influirá, tenemos que tener en cuenta que con la simple comparación de los consumos del inmueble y los consumos mínimos se podrá saber cuando el piso ha estado habitado y claro esta, no será igual el consumo de un piso que usemos como segunda vivienda, que el de uno que tengamos alquilado todo el año.

Un saludo a todos.

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